PRÓRROGA PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Se publica la Resolución Normativa de Directorio Nº 102000000018 la cual:

Resuelve
  • Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2020, el vencimiento para el pago de cuotas de planes de facilidades de pago, que fenecerán en fecha 31 de julio de 2020 y el vencimiento para el pago de cuotas de planes de facilidades de pago prorrogadas mediante el Artículo 2 de la Resolución Normativa de Directorio N° 102000000010 de 08 de mayo de 2020.
  • A partir del mes de agosto 2020 reinicia el pago mensual de las cuotas prorrogadas, comenzando por la cuota prorrogada más antigua hasta la conclusión progresiva y mensual del Plan de Facilidad de Pago, no correspondiendo la acumulación de cuotas en un solo mes.
  • Prorrogar hasta el 30 de octubre de 2020, el plazo para la presentación física y digital de Estados Financieros, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria, Declaración Jurada del IUE (F-500) y Estudio de Precios de Transferencia (F-605 y F-601, según corresponda), que requieran ser presentados por los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – IUE, con cierre de actividades al 31 de marzo de 2020. Excepto para Empresas Petroleras, que se mantiene incólume en sujeción al D.S. 4298 de 24 de julio de 2020.

Revisa el articulo completo en el siguiente link: https://bit.ly/2Xcd9KC

RND Nº 102000000018