D.S. 4198 Medidas tributarias frente al Coronavirus

En el marco de las medidas tomadas dentro de la Emergencia Nacional por la presencia del brote del COVID-19, se promulgó el D.S. 4198 que establece medidas dentro del ámbito tributario:

  1. Diferimiento del pago del IUE hasta el 29 de mayo y la posibilidad de pagar mediante plan de pagos hasta 3 cuotas mensuales, sin mantenimiento de valor ni intereses.
  2. Beneficios de reducción en el factor según la categoría del contribuyente y compensación con el IT cuando se pague el IUE al contado hasta el 15 de mayo
  3. Las donaciones que se realicen a los centros hospitalarios de salud público o privado serán deducibles para la determinación del IUE de la gestión 2020
  4. Sera válida para el crédito fiscal IVA profesionales independientes las facturas de alimentación, contrataciones de servicio de salud, educación y vinculados a la familia
  5. Por 3 meses para contribuyentes del Régimen General, GRACO y PRICO y 6 meses para los contribuyentes Restos el IVA efectivamente pagado no formara parte de los ingresos brutos que conforma la base imponible del IT
  6. Suspensión de computo plazos para la presentación de Recursos De alzada, jerárquico en la AIT. Inicio y tramitación de procesos determinativos del SIN, ADUANA a excepción de la notificación de orden de fiscalización y verificación
  7. Se reinicia al día siguiente hábil de la declaratoria de emergencia

COMUNICADO FRENTE AL COVID19      Medidas tributarias frente al coronavirus       

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